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Frases

Frase Animal De La Semana

"Sabias que el 70% de los PERROS y Gatos del MUNDO son CALLEJEROS..?Con tanta poblacion callejera, todavia piensas en comprar uno de raza..?No presumas tener uno de raza, PRESUME HABER ADOPTADO AL QUE TE NECESITABA!!!!!!"

viernes, 11 de diciembre de 2009

Sábado 12/12 Encuentro Mascotero

La reunión del Sábado 12/12 sigue en pie en el mismo lugar y horario, repito , es en el Automovil Club Argentino de la Crisóstomo y Jujuy (frente al Teatro Alberdi). NO se suspende por lluvia ya que será en el bar que es bajo techo. Esperamos con su presencia y colaboracion. Nos estaremos conociendo pronto!!! Desde ya, muchas gracias a todos por su interés y por haberse comunicado con nosotros mandando mails con su apoyo.

miércoles, 9 de diciembre de 2009

Soy joaquin =^.^=



Si,ahora tengo nombre nuevo, me llamo Joaquin y estoy en una familia transitoria pero sigo muy triste porque nadie me ha adoptado. Estoy vacunado y desparasitado, soy tranquilo y juegueton. Mirame y decime, no me queres llevar con vos? =^.^= hogaresparamascotas@hotmail.com

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Adoptado por mi!!! Como nadie lo llevo y me encariñe con el me lo quede en casa. Esta castrado y hoy (13/4/2011) tiene un año y medio y sigue siendo igual o mas mimoso

martes, 8 de diciembre de 2009

Ley Penal 14346 (Ley De Protección Animal)


SANCIONADA EN EL CONGRESO NACIONAL EL 27/9/54. -
INCLUIDA EN EL CÓDIGO PENAL.

En Argentina existen leyes que protegen a los animales, lo que sucede es que, muchas veces, la gente las desconoce o éstas no se cumplen a pesar de que están en vigencia. En otras ocasiones, la gente desvía la mirada ante actos de crueldad en animales.



Art. 1.- Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que inflingiere malos tratos e hiciere víctima de crueldad a los animales.

Art. 2.- Serán considerados actos de malos tratos:

- No alimentar en cantidad y calidad suficientes a los animales domésticos o cautivos.
- Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
- Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
- Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
- Estimularlos con drogas sin que persiga fines terapéuticos.
- Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.


Art. 3.- Serán considerados actos de crueldad:

- Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello
- Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
- Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéutico o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo en casos de urgencia debidamente comprobada.
- Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable, según la naturaleza de la experiencia.
- Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
- Causar la muerte a animales grávidos cuando el estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
- Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.
-Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.


¿QUE HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES?

Debes tener presente:

1. Es un delito penado por el Código Penal.
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o fiscalía.



PASOS Y REQUISITOS NECESARIOS PARA CONCRETAR UNA DENUNCIA:

1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.

2. El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.

3. La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe.

4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.

5. La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona, Juez competente, o el Ministerio Fiscal. LA POLICÍA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 ES UNA LEY PENAL Y HAY QUE HACERLA CUMPLIR.

6. El denunciante no contrae ninguna obligación que lo ligue al proceso, ni es necesario el asesoramiento de abogados.


¿DÓNDE REALIZAR LA DENUNCIA?

En la comisaría más próxima o ante el fiscal en turno o en los Tribunales.

domingo, 6 de diciembre de 2009

Cachorros Abandonados, Buscan Papis


Ayer una mascotera amiga econtró en la calle estos 4 cachorros. Necesitamos alguien que los quiera adoptar. Son 3 machos y 1 hembra. Ya estan desparasitados y se estan alimentando muy bien, solo les hace falta un hogar y un padre/madre. Alguien quiere uno de estos pequeñines para Navidad? Los mandamos envueltos en papel de regalo y con moñito, es mas, hasta la disfrazamos a nuestra mascotera de Papa Noel y la hacemos entrar por la ventana con un costal ( a falta de chimeneas en las casas de tucuman =P)...quizas le ponemos unas ramitas en la cabeza a todos, la nariz colorada a uno y los hacemos trabajar de renos y vamos repartiendo mascotas por tucuman en navidad ^_^

miércoles, 2 de diciembre de 2009

PRIMERA REUNION


Se comunica a todos los interesados en participar que la primera reunión del grupo tendrá lugar el día Sábado 12 de Diciembre a las 17 Hs en el ACA (Automovil Club Argentino) de la Jujuy y Crisóstomo (frente al teatro Alberdi). El objetivo principal es conocernos y determinar definitivamente cuantos somos los que participaremos activamente, es muy importante para nosotros saber con quiénes podemos contar y para qué cosas. Para ello es importante que cada uno se comprometa con lo que crea que está a su alcance hacer, solo exigimos responsabilidad en la colaboración. También pretendemos contarles todos los proyectos que tenemos y nos gustaría escuchar los que Uds. propongan o las criticas, consejos y/o comentarios a los nuestros. Estaremos informando por cualquier eventualidad que surja y nos obligue a cambiar de planes. Por favor, aquellos que quieran asistir a la reunión manden un mail, con su nombre colocado en el cuerpo, confirmándonos su asistencia. Gracias.